MODELO DE LEGISLACIÓN
NO SIGAMOS MANTENIENDO "SINVERGÛENZAS Y ACEPTANDO SINVERGÛENZADAS"
PROPUESTA DE LEY DE REFORMA PARA EL CONGRESO DE COSTA RICA DEL 2012
(Enmienda a la Constitución Política de la República de Costa Rica).
1. El diputado será asalariado solamente durante su mandato, y no tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato.
2. El diputado contribuirá a la Seguridad Social, como todo el mundo. El fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El diputado participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad.
3. El diputado debe pagar su plan de jubilación, como todos los costarricenses.
4. El diputado NO podrá votar su propio aumento de salario.
5. El diputado dejará su seguro actual de salud y participará del mismo sistema de salud que los demás ciudadanos costarricenses.
6. El diputado debe igualmente cumplir las mismas leyes que el resto de los costarricenses, por lo que cesará el fuero.
7. Servir en el congreso es un honor, no una carrera. Los diputados deben cumplir sus mandatos (por no más de 2 legislaturas) y después irse a su casa y buscar otro empleo.
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